La Comisión de Presupuesto y Hacienda dio inicio al debate por el proyecto del monotributo tecnológico, el cual tiene el objetivo de que pequeños contribuyentes tech (que exportan servicios y/o se dedican al gaming, esports) puedan tributar en el país. Lee más ¡acá!
Esta semana la comisión de Presupuesto y Hacienda comenzó el análisis del proyecto de ley para crear el monotributo tecnológico, una nueva figura tributaria destinada a pequeños contribuyentes tech que exportan servicios. ¿Para qué? Para que además de poder facturar al exterior y contar con divisas sin liquidarlas en el Mercado Libre de Cambios, puedan formalizar su situación ante el fisco mediante el pago de una suma que incluya aportes jubilatorios y obra social.
En la reunión de comisión, presidida por el diputado Carlos Heller, estuvieron presentes el subsecretario de Financiamiento y Regulación de la Economía del Conocimiento, Eduardo Kutner; la subsecretaria de Ingresos Públicos, Claudia Balestrini; y el subdirector de Recaudación General de la AFIP, José Bianchi. Estos expusieron las principales características de la iniciativa que busca crear un régimen simplificado y un régimen cambiario específico para pequeños contribuyentes tecnológicos.
El texto que impulsa el Ministerio de Economía dice: “Se establece un régimen tributario integrado y simplificado (en adelante, ‘Mono-Tech’) relativo al impuesto a las ganancias, al impuesto al valor agregado y al sistema previsional, destinado a los Pequeños Contribuyentes que realicen actividades de la economía del conocimiento enunciadas en el artículo 2o de la Ley N° 27.506 del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento y sus modificaciones y/o efectúen cualquier tipo de prestación de servicios”.
Entonces, ¿a quiénes incluiría este Mono-Tech? Como les decíamos arriba, los comprendidos por este proyecto de ley serían los Pequeños Contribuyentes Tecnológicos que residan en el país y que cuyo cobro provenga del exterior. Algo a tener en cuenta es que este monotributo incluirá a quienes reciban ingresos brutos inferiores o iguales a un equivalente de USD 30.000 al año. Además, los Pequeños Contribuyentes Tecnológicos podrán elegir si quieren adherirse o no a este monotributo.
¿Quiénes son los Pequeños Contribuyentes Tecnológicos? Aquellos que efectúen cualquier tipo de prestación de servicios al exterior y/o participen en competiciones organizadas a nivel profesional, multijugador y de diferentes disciplinas de videojuegos con acceso desde diferentes dispositivos y plataformas de forma “online” u “offline” (básicamente e-Sports).
El proyecto considera que el monotributo es “compatible con el régimen General (que es el inscripto en IVA, Ganancias y Autónomos), con el régimen Simplificado (monotributo) y empleados en relación de dependencia, siempre que la inscripción sea por desarrollar una actividad diferente a la que alcanza el Mono-Tech“.
Ahora bien, hablemos de los montos del Monotributo Tecnológico, el cual tendrá cuatro categorías. Las primeras tres son para quienes no estén adheridos al monotributo local. Sin embargo, hay que tener en cuenta que el monto mensual que pagará cada categoría del Mono-Tech tiene su equivalencia en las escalas del monotributo tradicional. Acá se las dejamos:
- Primera categoría: Para quien factura hasta USD 10.000 anuales. El monto mensual a pagar es el equivalente a la escala D, que desde enero es de $9.245,06.
- Segunda categoría: Para quien factura hasta USD 20.000 por año. El monto mensual a pagar es el equivalente a la escala F, que es de $15.712,40.
- Tercera categoría: Para quien factura hasta USD 30.000 por año. El monto mensual a pagar es el equivalente a la escala H, que según la AFIP es de $31.347,16.
Por otro lado, la ley prevé los casos de contribuyentes que se anoten en el Mono-Tech pero que estén también bajo el monotributo local. Para ellos, al tributo que paga cada una de las tres categorías deberá sumarse el impuesto integrado de la categoría H, es decir, de $20.460,26, salvo que su inscripción sea en las escalas I, J o K, que tienen montos más altos ($25.575,36, $30.054,72 y $34.526,76, respectivamente).
Para finalizar, el proyecto de ley dice que a la finalización de cada semestre calendario (enero/junio y julio/diciembre), el Pequeño Contribuyente Tecnológico deberá calcular los ingresos brutos acumulados en los 12 meses inmediatos anteriores. “Cuando ese parámetro supere o sea inferior al límite de su categoría quedará encuadrado en la categoría que le corresponda a partir del segundo mes inmediato siguiente al último mes del semestre respectivo”.