El Gobierno creó un régimen simplificado para facilitar la compra de productos fabricados en Tierra del Fuego. Este sistema estará disponible para personas radicadas en el resto de las provincias y es únicamente para uso y consumo personal.

Tras el anuncio de la eliminación progresiva de aranceles para la importación de celulares, televisores y aires acondicionados, el Gobierno creó un régimen simplificado para pequeños envíos de mercaderías fabricadas en Tierra del Fuego hacia el resto de la Argentina. Esto quiere decir que las empresas fueguinas podrán vender directamente sus productos a consumidores particulares. Todo de manera online, como si fuera Amazon.
Según el Decreto 334/2025, publicado el martes pasado en el Boletín Oficial, este sistema busca desburocratizar las operaciones de exportación hacia el Territorio Nacional Continental de mercaderías provenientes del Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego. De esta manera, el Gobierno intenta simplificar la adquisición de productos fueguinos para uso y consumo personal, limitando su comercialización posterior, además de facilitar “la importación de mercaderías de menor cuantía, reduciendo el tiempo de los trámites aduaneros”.

¿Qué condiciones hay que cumplir para poder comprar?
Según indica el Decreto 334, hay una serie de requisitos para poder acceder y comprar los productos fabricados en Tierra del Fuego. Primero hay que aclarar que el sistema estará disponible para personas radicadas en el territorio continental y será habilitado únicamente para consumidores finales. Es decir, para uso y consumo personal, quedando prohibida la comercialización de la mercadería adquirida.
Además de esto, es importante remarcar que los envíos y compras tienen sus límites por persona:
- Se pueden comprar hasta 3 unidades de la misma especie por año calendario.
- Un valor FOB equivalente a US$3000 por envío.
- Las mercaderías deberán contar con la correspondiente acreditación de origen.

¿Quién será el encargado de supervisar esto? La Dirección General de Aduanas, dependiente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Además de encargarse de definir las condiciones y formalidades que deberán cumplir las operaciones, esta autoridad también establecerá el procedimiento simplificado para la documentación requerida en materia tributaria y aduanera.
Sin embargo, la Secretaría de Industria y Comercio (que determinará las mercaderías que podrán comercializarse) también podrá modificar los límites establecidos inicialmente. Según lo dispuesto por el decreto, este organismo “podrá reducir o incrementar esa cantidad de unidades y/o el valor fijado, y determinar un número de operaciones anuales permitidas, debiendo considerarse al efecto indicadores relacionados con los productos en cuestión tales como cambios tecnológicos, el valor de los bienes en el mercado o las variaciones que demuestren la oferta y la demanda de dichos productos”.

La implementación del régimen requiere que las empresas fueguinas interesadas en comercializar sus productos al por menor, en los términos y condiciones correspondientes, creen y habiliten un sistema de venta que permita el acceso a esa operatoria mediante la modalidad online.
Este régimen se aplica únicamente a productos fabricados por empresas radicadas en Tierra del Fuego que se encuentren comprendidas dentro del Régimen Industrial creado por la Ley N° 19.640 y que hayan adherido a la prórroga dispuesta por el Decreto N° 727 del 22 de octubre de 2021 y sus modificatorios.
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